El juez ordena detener a Elisa Mouliaá tras su tercera ausencia en la causa por presuntas calumnias a Errejón


La mañana del martes dejó una escena judicial áspera en Madrid: el juez que investiga a Elisa Mouliaá por presuntas calumnias a Íñigo Errejón ordenó su detención después de constatar que no acudió a la tercera citación fijada para oírla como investigada.

La resolución parte de una secuencia que ya estaba agotando el margen del juzgado, porque la actriz había sido llamada en tres ocasiones y además había sido advertida de forma expresa de que una nueva incomparecencia podía desembocar en su arresto.

El magistrado Arturo Zamarriego sostiene en su auto que la conducta de Mouliaá revela una voluntad clara de sustraerse a la acción de la Justicia, una formulación especialmente dura que convierte la ausencia en algo más grave que un simple incumplimiento procesal.

La orden no persigue un ingreso en prisión ni un castigo anticipado, sino la localización y presentación de la investigada ante el juzgado para tomarle declaración, tras lo cual debe quedar en libertad si no existe otra causa legal que lo impida.

El origen de este frente judicial está en la querella presentada por Errejón, que atribuye a Mouliaá presuntas calumnias con publicidad por declaraciones en las que lo señaló públicamente en un contexto ya marcado por una confrontación previa entre ambos.

La tensión del caso creció en las últimas semanas porque el juzgado había rechazado que la comparecencia se resolviera por videollamada, pese a que la defensa alegó que la actriz se encontraba fuera de España por motivos laborales.

Ese argumento ya se había utilizado antes para justificar la ausencia, pero no convenció al instructor, que mantuvo la citación y dejó por escrito que la obligación de comparecer seguía vigente bajo apercibimiento de detención.

La tercera falta terminó cerrando cualquier margen de espera. Con ese escenario, el auto activa la detención y presentación ante el juzgado como medida para asegurar que la declaración se produzca por fin en sede judicial.

Otro detalle que endurece la lectura del documento es el plazo de vigencia de la orden, fijado en cinco años, lo que significa que la medida no se limita a una reacción inmediata de unas horas, sino que queda formalmente activa durante un periodo prolongado.

La decisión abre una fase delicada para la actriz, porque el foco ya no se concentra solo en el fondo de la querella, sino también en el efecto procesal de sus ausencias repetidas y en la imagen de desafío que el juzgado considera acreditada.

En paralelo, la defensa ha venido sosteniendo que Mouliaá estaba dispuesta a declarar y que su situación en el extranjero estaba documentada, una versión que choca frontalmente con la interpretación del magistrado sobre esas tres incomparecencias.

La causa se mueve además dentro de un clima público especialmente áspero, ya que el enfrentamiento entre Mouliaá y Errejón arrastra derivadas cruzadas, reproches y un evidente desgaste mediático y judicial que amplifica cada paso del procedimiento.

Con la orden ya dictada, el siguiente movimiento práctico pasa por localizar a la investigada y ponerla a disposición del juzgado para esa declaración pendiente, que se ha convertido en la pieza inmediata que el instructor quiere asegurar a toda costa.

El caso entra así en uno de sus momentos más severos: tras tres ausencias, un ultimátum previo y un auto tajante, la investigación abandona el terreno de las advertencias y se instala en una respuesta coercitiva con consecuencias directas y visibles.

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