Sevilla: El Abuelo Condenado Por Agredir Sexualmente A Su Nieta De 14 Años


La condena en Sevilla contra un abuelo por agredir sexualmente a su nieta de 14 años nació de una escena doméstica aparentemente pequeña: una tarde de Año Nuevo, una conversación sobre notas y un beso que la menor creyó que sería en la mejilla. La Audiencia Provincial acabó viendo ahí un delito y una ruptura profunda de confianza familiar.

El condenado tenía 66 años y convivía con su hija y su nieta en la misma vivienda desde meses antes. Esa convivencia hacía que la relación pareciera normal hasta entonces. La menor no estaba ante un desconocido, sino ante una figura familiar cercana, alguien con quien compartía casa y rutina diaria.

Los hechos ocurrieron el 1 de enero de 2025. La madre de la niña se ausentó durante un rato para realizar unas tareas domésticas y el hombre quedó a solas con su nieta. La adolescente estaba sentada en el sofá cuando ambos comenzaron a hablar de sus calificaciones escolares.

En medio de esa conversación, él le pidió un beso. La niña accedió porque entendió que se trataba de un gesto familiar en la mejilla. Ese malentendido, recogido después como parte central del caso, fue el punto exacto en que una escena cotidiana se transformó en algo que ella no había consentido.

Cuando se acercó, el hombre le agarró la cara y la besó en la boca de forma forzada. La menor reaccionó empujándolo para apartarse y se refugió en su habitación. El gesto no quedó suspendido como una confusión: él volvió después, pidió perdón y trató de justificar lo ocurrido diciéndole que era muy guapa.

La niña no se lo contó a su madre nada más verla regresar. Esperó a que la mujer estuviera en la cama y entonces escribió un mensaje. Esa forma de contarlo habla del miedo, de la vergüenza y de la dificultad de poner en voz alta lo sucedido cuando el acusado no era alguien externo, sino su propio abuelo.

En el mensaje, la menor explicó que había pensado que el beso sería en la mejilla, que él le había apretado la cara y que ella lo había empujado para apartarlo. También contó que se había ido a su cuarto y que había esperado a su madre antes de ducharse. Ese texto se convirtió en una pieza clave del caso.

La reacción de la madre fue inmediata en lo íntimo, aunque contenida hacia el acusado esa noche. Se levantó, fue a la cama de su hija y le pidió que durmiera con ella. Después avisó a una hermana. Al día siguiente, la familia se reunió, valoró lo ocurrido y decidió presentar denuncia.

La detención llegó tras la denuncia. Una patrulla acudió al domicilio y el hombre fue arrestado. Durante ese momento, llegó a sostener que besar a su nieta en la boca no era una agresión sexual. Esa frase pesó después porque mostraba hasta qué punto intentaba presentar lo ocurrido como un gesto inocente.

En el juicio, el acusado negó la versión principal. Dijo que el beso había sido en la mejilla y que no había agarrado a la menor para obligarla. También afirmó que había pedido perdón porque la quería, no por haber hecho algo indebido. Su relato chocó con el de la niña y con otros testimonios.

La menor mantuvo que se acercó confiada porque pensaba en un beso familiar y que, al hacerlo, él la sujetó por la cabeza y los hombros. También explicó que el beso fue apretado y duró unos segundos. La Sala valoró su declaración como clara, contundente y coherente con lo que había contado desde el principio.

La madre declaró que había dejado sola a su hija durante aproximadamente media hora y que creyó su relato. Una de las claves del caso fue que la niña no apareció aislada frente al acusado: su mensaje, la reacción familiar, el testimonio materno y la intervención policial formaron una cadena de corroboraciones.

El médico forense no apreció señales de manipulación en la exploración de la menor y consideró creíble su relato. Antes de ese día, la relación con el abuelo era normal y no constaban antecedentes similares. Precisamente por eso, el caso tiene un peso tan inquietante: el quiebre apareció dentro de una confianza previa.

El tribunal concluyó que las pruebas eran suficientes para destruir la presunción de inocencia. También destacó contradicciones en el acusado, especialmente al negar aspectos que otros testigos situaban en la detención o al admitir elementos parciales, como haber pedido perdón y haber llamado guapa a la menor.

La condena fue de dos años de prisión por agresión sexual a menor de dieciséis años. La Sala aplicó una atenuante por error de prohibición vencible al valorar el deterioro psicosomático vinculado al consumo prolongado de alcohol y estupefacientes, pero dejó claro que el acto era antijurídico y no una simple muestra de cariño.

Además de la prisión, el hombre no podrá acercarse ni comunicarse con su nieta durante cuatro años. La sentencia deja una imagen difícil de borrar: una niña escribiendo a su madre porque no se atrevía a decirlo a la cara, y una familia obligada a denunciar a quien debía proteger, no quebrar, la seguridad de una menor.

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