La autopsia revela el mapa de un calvario sostenido: golpes, fracturas, quemaduras, mordeduras, signos de abuso. No era un episodio aislado, eran meses. Lucio había sido atendido en centros de salud en ocasiones previas; nadie logró activar a tiempo una protección eficaz. En el expediente resuena la idea de cadena de fallas: vecindario, escuela, sistema sanitario, justicia. Cuando el caso llega a juicio, la forensia es el idioma que ya nadie puede rebatir.
La instrucción reconstruye las últimas horas con precisión quirúrgica y perfila responsabilidades. El 2 de febrero de 2023, el Tribunal de Audiencia de La Pampa declara culpables a la madre y a su pareja. La sentencia habla de homicidio triplemente calificado —por el vínculo, alevosía y ensañamiento— para Espósito Valenti, y de homicidio doblemente calificado —alevosía y ensañamiento— y abuso sexual para Páez. El fallo no deja fisuras en la calificación: prisión perpetua.
El 13 de febrero de 2023 se imponen las perpetuas. La escena en tribunales no tiene consuelo: ni arrepentimiento, ni atenuantes, ni excusas que sobrevivan a la evidencia biológica. La cifra legal —perpetua— intenta traducir la gravedad de algo que no se traduce con números. En esa sala, los nombres propios pesan más que los artículos del Código.
El caso se vuelve espejo nacional. Las coberturas cuentan lo indecible y, a la vez, exponen la pregunta incómoda: ¿cómo no se lo vio venir? La cronología médica, la convivencia, los gritos escuchados por vecinos, las alertas inconexas… todo existía, pero no en la misma mesa. Los periodistas escriben “cadena de fallas”, los papeles judiciales dicen “omisiones”. En ambos registros, la misma conclusión: Lucio no solo fue golpeado; también fue desoído.
La respuesta política llega en 2023 con la Ley 27.709, conocida como “Ley Lucio”: un plan federal de capacitación obligatoria, continua y permanente para todo el funcionariado de los tres poderes del Estado, reserva de identidad para quien denuncia, y protocolos para detección temprana y derivación. Es una corrección sistémica que se apoya sobre la Ley 26.061 y la fortalece donde el caso mostró grietas. La norma se promulga y las provincias adhieren, buscando que la próxima señal no llegue tarde.
En la lectura del fallo, el tribunal no solo castiga: describe. La violencia no fue episódica, fue cotidiana; no fue silenciosa, solo no fue escuchada. La prueba genética, los informes médicos y los peritajes sobre lesiones antiguas cierran el cuadro. La palabra “ensañamiento” deja de ser una figura legal y se vuelve un hecho material: un niño de cinco años viviendo en miedo.
Desde la vereda de enfrente, la sociedad civil teje su propia respuesta. Marchas, pañuelos blancos con su nombre, campañas de prevención y capacitación comunitaria. “Justicia por Lucio” ya no es solo un reclamo punitivo; es una consigna para que escuelas, centros de salud y juzgados compartan lenguaje y alertas. La prevención como tarea diaria, no como homenaje tardío.
El duelo de la familia paterna atraviesa micrófonos y plazas. Detrás de cada titular hay un abuelo que recuerda juegos, un padre que se pregunta en qué trámite pudo haber cambiado la historia. Las declaraciones públicas de papá y abuelo habilitan otra reflexión: la necesidad de sistemas que, ante disputas por cuidado, prioricen la seguridad efectiva del niño sobre formalismos que pueden costar una vida.
Lucio Dupuy tenía cinco años. Nunca pidió más que protección. Su nombre quedó grabado en una sentencia y en una ley, pero sobre todo en un mandato: que ninguna alarma vuelva a sonar en vacío. Si algo cambió desde aquella noche de noviembre es que, cada vez que un profesional o un vecino duda, la pregunta correcta ya no es “¿y si me equivoco denunciando?”, sino “¿y si me equivoco callando?”.
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